Resumen:
A pesar de dejar de existir el régimen simplificado, el decreto para la creación de empresas integradoras sigue teniendo vigencia, sin embargo, al ya no existir el régimen simplificado en materia fiscal, se entendería que ya no tiene beneficio alguno la creación de dichas empresas, pero se debe tener en cuenta que existe un nuevo régimen que aproximara a dichas empresas a la aplicación de dicho decreto.
Las empresas integradoras que se hayan constituido con anterioridad al 01 de enero de 2014, deberán a partir de este año tributar conforme al nuevo régimen opcional para grupos de sociedades y seguir las indicaciones expuestas en el siguiente trabajo.
Antes de entrar en el estudio, se mencionan los antecedentes de las empresas integradoras en otros países, que sirvieron como base para la creación de esta figura en el territorio mexicano, exponiéndose su concepto, las ventajas y desventajas, así como los requisitos para la formalización de la empresa, su proceso de formación y su marco legal.
Se llevó a cabo un estudio fenomenológico que proporciona la facilidad de hablar sobre los fenómenos para ser descritos y analizados, además de explicar resultados cuantitativos comprobados, utilizando un enfoque mixto con herramientas cualitativas que se basan en métodos de recolección de datos y su enfoque cuantitativo que ayuda a contestar las preguntas de investigación y probar hipótesis confiando en la medición numérica, el alcance de la investigación es explicativo, permitiendo exponer un fenómeno y las condiciones en las que se dan los hechos así como la relación que tienen dos o más variables. Lo referente al marco legal se llevó a cabo un comparativo en el ámbito fiscal para determinar las diferencias de tributar como persona física o persona moral debido al cambio surgido a partir de la reforma hacendaria en donde indica que se debe ser persona moral para formar parte de una empresa integradora.